08 abr 2019
En defensa del Estado del Bienestar

De alguna manera, la Ilustración y algunos déspotas ilustrados plantearon los problemas de la pobreza y las vicisitudes de dichas poblaciones ante la falta casi total de servicios y ayudas: sanidad, educación, vivienda, vejez, etc.

Se admite generalmente que el resumen que Claus Offe hace del desarrollo del EB es correcto: (Claus Offe,“Contradicciones en el Estado del Bienestar”, 1990).

“El Estado de bienestar ha sido el resultado combinado de diversos factores (…) El reformismo socialdemócrata, el socialismo cristiano, élites políticas y económicas conservadoras ilustradas, y grandes sindicatos industriales fueron las fuerzas más importantes que abogaron en su favor y otorgaron esquemas más y más amplios de seguro obligatorio, leyes sobre protección del trabajo, salario mínimo, expansión de servicios sanitarios y educativos y alojamientos estatalmente subvencionados, así como el reconocimiento de los sindicatos como representantes económicos y políticos legítimos del trabajo.”

En la segunda mitad del siglo XIX, se operó un impulso en Europa de iniciativas gubernamentales en la orientación del EB, motivada por el auge de los movimientos obreros, revoluciones e insurrecciones que ponían en peligro la estabilidad del Estado Capitalista.

En la primera mitad del siglo XX se operaron grandes avances, motivados por las actitudes exigentes de los sobrevivientes de la primera guerra mundial, la incorporación masiva de las mujeres al trabajo y el temor de las clases dominantes a la influencia de la Revolución Rusa y el Régimen Soviético sobre el proletariado europeo. Uno de esos avances fue el sistema nacional de salud británico. Y tras la devastadora crisis capitalista de los años treinta y la más devastadora Segunda Guerra Mundial, el acuerdo socialdemocracia-socialcristianismo alemanes que pone en marcha un modelo de EB que se expande en la Europa occidental y en otros países avanzados y en desarrollo del mundo.

Desde posiciones ultra liberal-conservadoras (últimamente la Administración Trump) se critica duramente al Estado del Bienestar por privar de recursos a los generadores de riqueza, para dilapidarlos favoreciendo a quienes se acomodan a la indolencia y la recepción de dádivas estatales sustentadas en intereses electorales. Consideran que dichos servicios son más eficientes gestionados en la órbita de la economía privada.

De todos modos, los gobiernos conservadores, en los países avanzados, han debido aceptar, en mayor o menor medida, la puesta en marcha o el mantenimiento de instituciones propias del Estado del Bienestar. Y los representantes ideológicos y políticos, más inteligentes, de la burguesía, tratan de orientar el EB hacia el logro de sus intereses:

“La respuesta conservadora es que el debate acerca de si debería haber un Estado del bienestar ha terminado. El debate apropiado a estos días debería ser acerca de las modalidades a través de las cuales las «ayudas recibidas por derecho» (entitlements) son entregadas. Las modalidades importan, porque algunas
promueven y otras no los atributos y actitudes ―mirar al futuro, independencia, responsabilidad por la vida saludable― indispensables para una vida digna en una sociedad económicamente vibrante que un Estado del bienestar devorador de ingresos necesita en una época de población que envejece.” (George Will, “The case for conservatism”). Y como hemos visto, en España se han dedicado a deteriorar la calidad de los servicios, limitar su cobertura y apoderarse de buena parte de los recursos a través de la gestión privada de los mismos.


"...un Estado social y
democrático de Derecho,
que propugna como valores
superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la
igualdad y el pluralismo político".


El EB en la Constitución Española Sin hacer mención expresa al Estado del Bienestar, en numerosos artículos y en el sentido general de la CE se da una clara acogida a los elementos sustanciales de aquel. Conviene dar una mirada a algunos artículos:

Artículo 1. Define a España como “un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.
Artículo 23. Reconoce el derecho a la participación directa de los ciudadanos en los “asuntos públicos”.
Artículo 27. Garantiza el derecho a la educación y a la “participación efectiva de todos los sectores afectados.
Artículo 31. Un sistema tributario basado en los criterios de igualdad y progresividad.
Artículo 38. Se reconoce la libertad de empresa y la defensa de la productividad “de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación”.
Artículo 40. Aboga por una distribución de rentas “más equitativa”, vinculada al “progreso social y económico”.
Artículo 41. “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.”
Artículo 42. “1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto”.
Artículo 128. “Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.” Y “Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.”
Artículo 129. “1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general. 2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.“
Artículo 131.1. "El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.” Como podemos ver, el proyecto constitucional orienta hacia la democratización de la economía y de la vida política y social, mediante el ejercicio de la participación directa por parte de los ciudadanos, reforzando el sistema político representativo. Señala algunos de los pilares básicos del actual Estado del Bienestar como; salud, educación, desempleo, seguridad social, etc. Y establece su función redistribuidora en la perspectiva de la igualdad económica
y social.

Sin embargo, la experiencia en estos 40 años de Estado de Bienestar Redistribuidor (EBR) ha hecho patente las débiles garantías del texto constitucional para consolidar los avances operados y todo queda en función del color del gobierno y la mayoría parlamentaria de turno. Esto ha llevado al PSOE a plantearse el aseguramiento de las políticas de Bienestar mediante su incorporación, en el texto constitucional, fijando su carácter universal y de gestión pública. Podríamos aventurar que el EBR actualiza el Mito de Sísifo. Hoy, en España. nos encontramos en esa encrucijada.

El Estado de Bienestar Redistribuidor

En Europa existen variadas formas del EB, según la amplitud de las áreas y la intensidad de la actuación y la presión fiscal para su financiación, así como el tipo e importancia de las aportaciones de los propios beneficiarios al recibir los servicios, prestaciones, etc. Pero existe una cierta confluencia de concepción y realización. Es conveniente observar la relación existente entre Presión Fiscal y Desigualdad. Como es sabido, la Presión Fiscal es el porcentaje del PIB que representa la recaudación fiscal y la Desigualdad se mide a través del Coeficiente Gini (de 1 a 100). Según datos correspondientes a 2017, de los 27 países de la UE, los 13 países con mayor Presión Fiscal oscilan entre 38,8% y 51,6% del PIB. Se trata, excepto el caso de Grecia, de los países más desarrollados y con un EB más amplio.

La media de la Eurozona es 41,4% y de la UE 40,2%. España, con 34,2% ocupa el puesto 21 de la tabla. Los países con mayor presión fiscal, en general, presentan los índices más bajos de Desigualdad; entre 24,1 y 33,4 (Excepto Luxemburgo con 39,0 aunque con una de las rentas per cápita más altas de la UE). España con un índice de 34,1 ocupa el cuarto lugar en la tabla. Es evidente que España tiene un margen de diez puntos en Presión Fiscal para equipararse al pelotón de cabeza. Podemos afirmar que el Estado del Bienestar es el principal adversario de la formación social capitalista monopólica de producción, apropiación y acumulación de Capital.

Hacia el Estado del Bienestar de Transición

Hasta aquí hemos hablado del Estado del Bienestar como articulación de políticas de redistribución de rentas. Hemos señalado algunas debilidades, principalmente referidas a su crecimiento y sostenibilidad. Entiendo, por lo tanto, que el EB debe constituir el Contenido Sustancial del Estado en una necesaria relación con las estructuras jurídico-políticas e institucionales y en una práctica social, que le den envoltura y soporte. Estaríamos hablando, así, de una senda de transformación en un largo proceso de confrontación con la formación social capitalista. En esa fase podríamos hablar de Estado de Bienestar de Transición.

"...debieran incorporarse
diferentes modos de democracia
directa que refuercen y completen
las actuales formas de democracia
representativa y gestión unilateral
de las políticas públicas..."


El EBT se inscribe, pues, en una estrategia de transformación de las relaciones sociales de producción y acumulación capitalistas. El EBT necesita incrementar su campo de actuación, incorporando nuevas esferas de gestión pública en las áreas sociales, económicas y políticas. Esto supone incrementar la presión fiscal y, por supuesto, limitar la capacidad de acumulación capitalista en favor de la acumulación social. En esa concepción, el EBT supera los límites del EBR y supone un salto de calidad del Estado Social y de Derecho, dotándolo de corporeidad orgánica y operatividad jurídico-política, económica y social.

Tanto en la esfera de la gestión de las políticas públicas en lo social y económico, como en la esfera del ejercicio de la soberanía popular, debieran incorporarse diferentes modos de democracia directa que refuercen y completen las actuales formas de democracia representativa y gestión unilateral de las políticas públicas por parte de los aparatos burocráticos del Estado. Estamos hablando de la práctica de la cogestión como principio general. Los ciudadanos, a través de la práctica en la gestión de los grandes servicios que le garantizan lo más importante de su bienestar, acceden a la toma de conciencia de sus derechos y de su participación en la titularidad colectiva de bienes y espacios públicos. EL EBT para su sostenibilidad y garantía de su labor transformadora, necesita que los ciudadanos asuman su propiedad colectiva. Y esa conciencia social mayoritaria logre darle forma constitucional.

Estado del Bienestar y Globalización

La globalización y las revoluciones tecnológicas como salida del capitalismo a sus crisis de los años 70 hasta la última de 2007-2008, encontró un serio escollo en la presencia de Estados del Bienestar desarrollados. Sin embargo, el EB, limitado a ámbitos nacionales, ha dado muestras de su debilidad y tiene muy difícil encontrar vías para prosperar, todo lo contrario. Sólo en grandes espacios como la UE se pueden encontrar los recursos e instrumentos, la fuerza económica, social y política, para enfrentar los retos a que se enfrenta.

La Agenda 2030 y el papel de los Objetivos de Desarrollo Sostenible

Los 17 ODS de la ONU ofrecen un marco adecuado para definir los distintos ámbitos del Estado del Bienestar y esto facilitaría la necesaria convergencia de las experiencias nacionales en la UE. Ya que la Agenda 2030 compromete a los países integrantes de la UE a fijar los objetivos y dotarse de Indicadores eficaces para hacer un seguimiento estricto de las actuaciones de los Gobiernos. Se convierte en una plataforma insuperable para avanzar en la disminución de las desigualdades existentes entre países y regiones dentro de estos.

"Los 17 ODS de la
ONU ofrecen un marco
adecuado para definir
los distintos ámbitos
del Estado del Bienestar..."


Por otra parte, es evidente que los ODS deberán ampliar su ámbito temporal dada la recuperación de la iniciativa por parte de la ONU en la gobernabilidad internacional y, en el caso de la UE, se puede pensar que la voluntariedad inicial se convierta en una Política Común de carácter obligatorio. La novedad para la consideración de los componentes del Estado de Bienestar, es que los ODS refuerzan la dimensión medioambiental como eje transversal de la sostenibilidad. Es decir un cambio sustancial respecto de la estructura social de producción del capitalismo actual. Y ayuda a la introducción de cambios fundamentales en la conformación de la estructura económica y del propio Estado.

Avanzar en el camino de la emancipación

El EBR mantiene aún a las personas en una posición de usuarios de servicios y asistencia proporcionados desde instancias institucionales y organizativas externas. Esto lleva, a través de la relación práctica, a considerarse clientes o meros consumidores. La idea de mercado sigue prevaleciendo. La alienación de la mercancía se refuerza más allá del trabajo. La sociedad sigue desarmada para enfrentar las ofensivas capitalistas contra el EB.

La asunción gradual y práctica de la titularidad social de las estructuras que vertebran el EBT, a través de la participación efectiva en su gestión, generan una praxis colectiva e individual en la dirección emancipatoria. La sociedad y los individuos toman en sus manos lo principal de su vida.

Marx y Engels definían al socialismo “como la gestión libre y colectiva de los medios de producción por los trabajadores, es decir, el conjunto de la sociedad.” El concepto de Emancipación tiene rasgos comunes al tradicional concepto de Conciencia de Clases del marxismo tradicional. Esta última se construiría en la confrontación con los intereses y práctica social de las clases explotadoras antagónicas. La Emancipación, en el sentido otorgado en este artículo, se origina a través de una práctica social conjunta de gentes pertenecientes a distintas clases, fracciones de clases y sectores que tienen intereses comunes en el escenario ofrecido por el EBT.


FRANCISCO S. LÓPEZ ROMITO
Miembro de ASYPS.
Madrid, Abril de 2019


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